¿Cuánto me puedo demorar en liberarme de las deudas?

Es importante aclarar que lo que efectivamente prescribe es la capacidad del acreedor para iniciar un proceso legal con el fin de cobrar la deuda.

Esta es una pregunta que muchos chilenos se preguntan en el día a día. La realidad es que no existe una respuesta única para todos los casos, sino que dependerá de qué tipo de procedimiento o el camino que haya decidido la persona deudora.

Partiendo por los procesos que contempla la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento, podemos indicar que la renegociación es el procedimiento más rápido. Este puede durar aproximadamente 6 meses, los cuales dependerán de la disponibilidad de los acreedores, como también de la carga de trabajo que tenga la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. Este plazo se cuenta desde que la solicitud de renegociación ha sido aprobada por la Superintendencia para su tramitación.

En el caso de la liquidación o quiebra de la persona, este ha sido modificado en el mes de agosto con el propósito de transformarlo a un proceso más dinámico y eficiente. Sin embargo, el tiempo está directamente ligado a la carga que tiene cada tribunal del país, por lo que en algunos puede ser más corto que otros. De todas maneras se considera que el procedimiento puede durar entre 1 año a 1 año y medio.

Abordando quizás la opción más familiar para la mayoría de las personas, que en este caso sería la prescripción, es importante aclarar que lo que efectivamente prescribe es la capacidad del acreedor para iniciar un proceso legal con el fin de cobrar la deuda.

En el caso de que la deuda esté respaldada por un cheque, pagarés o títulos al portador, el período de prescripción es de un año a partir de la presentación de la demanda. Por lo tanto, el período para que la defensa de prescripción sea efectiva debe ser de al menos un año y seis meses, considerando el tiempo necesario para su procesamiento.

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