Sistema de Financiamiento Solidario: el proyecto que buscó reemplazar al CAE y hoy duerme en el Senado

Fue el 4 de julio de 2018 cuando se presentó oficialmente ante la Comisión de Educación, el Sistema de Financiamiento Solidario, un Proyecto de Ley que buscó reemplazar al Crédito con Aval del Estado y al Fondo Solidario. Este proyecto se anunció en el gobierno de Sebastián Piñera, pero lamentablemente hasta el día de hoy duerme en el Senado, sin avance ni tramitación alguna.

Eso sí, cabe consignar que este proyecto, según analizan y explican los expertos, es muy similar a un designio que preparó Michelle Bachelet en su primer gobierno, proyecto que no fue tomado en cuenta por Sebastián Piñera. El exmandatario “mejoró” algunos ítems, realizó modificaciones, le agregó de sus ideas y presentó oficialmente el SIFS.

Prácticamente, un mes antes de esta exposición, el expresidente Sebastián Piñera anunció públicamente la presentación del proyecto, ocasión en la que explicó que este sistema “ofrece garantías verdaderas de que ningún estudiante se quede afuera por falta de recursos y que ninguna familia vea transformado el sueño de un hijo profesional en una pesadilla por la mochila de deudas”.

En este artículo, sin cargarnos para ningún lado político, explicaremos todos los detalles que ofrece el Sistema de Financiamiento Solidario, junto con las especificaciones y justificaciones que presentó el gobierno de Sebastián Piñera para poner fin al Crédito con Aval del Estado y al Fondo Solidario. Hablaremos en presente, ya que el proyecto sigue disponible para ser reactivado.

CONDICIONES GENERALES DEL SIFS

En su presentación oficial, el SIFS se ofreció como “una ayuda financiera para los estudios superiores de pregrado emitido en UTM. Reemplazará al Crédito con Aval del Estado (CAE) y al Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU)”.

Este sistema, según se explicó en el proyecto oficial, será otorgado y administrado por una sociedad anónima del Estado, la cual se creará mediante un Proyecto de Ley. “La naturaleza estatal de esta entidad garantiza la no intervención de la banca en el otorgamiento del financiamiento para la educación superior”.

En relación con la postulación y preasignación del beneficio, quienes estarán a cargo de esto será el Ministerio de Educación. Por su parte, la cobranza será parte de las funciones de la sociedad del Estado, labor en la que colaborará la Tesorería General de la República.

En el proyecto inicial, el SIFS se podrá solicitar por un mínimo de 5 UTM. “El monto máximo a otorgar será el arancel regulado más un porcentaje de la brecha existente entre el arancel real y arancel regulado, de acuerdo a la siguiente tabla. Sin embargo, el monto total otorgado no podrá ser superior a 1.5 veces el arancel regulado”.

En otras especificaciones, la tasa de interés será de un 2% real anual desde el momento en que es otorgado. Además, se financiará la duración nominal de la carrera o programa de estudios que cada estudiante seleccione, más tres, dos o un semestre adicional, tratándose de carreras conducentes a grado de licenciado, título profesional o título técnico de nivel superior, respectivamente.

Además, el SIFS podrá ser complementado con las becas de arancel estatales que existen, junto con detallar que el pago iniciará 18 meses después del egreso, o bien luego de registrar tres semestres consecutivos sin matrícula.

Por otra parte, los estudiantes de los primeros seis deciles (o conocidos como quintiles) no pagarán nada mientras estudian. Además, las instituciones de educación superior deberán garantizar el cubrir parte del SIFS.

  • Garantía por deserción: Cubriría el 90%, 70% y 60% del monto total de la deuda dependiendo del semestre en el que desertó.
  • Garantía por no satisfacción de la deuda: Cubriría el 50% de la deuda correspondiente a lo que se financió por sobre el arancel regulado.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL SIFS

Quienes quieran acceder a este beneficio deben cumplir ciertos requisitos, entre ellos ser chileno o extranjero con residencia definitiva en Chile, que su hogar pertenezca a los nueve primeros deciles (quintiles) socioeconómicos, estar matriculado en institución superior y haber ingresado a la institución respectiva demostrando mérito académico suficiente y mantener rendimiento.

Sobre los requisitos solicitados para las instituciones de educación superior, estas hacen relación con seleccionar a sus alumnos de primer año por criterios académicos, que se encuentren acreditadas y que otorgasen las garantías anteriormente solicitadas.

MODALIDADES DE PAGO

Tal como se anunció en el transcurso de esta nota, el periodo de pago del SIFS será variable “según el saldo adeudado, pero con un tope máximo de 180 cuotas para las deudas más grandes”. Sobre las formas de pago, para aquellos trabajadores dependientes se realizará el cobro mensual vía descuento por planilla directamente de su remuneración. Sobre los trabajadores independientes, el pago se debe realizar de forma mensual directamente a la administración del sistema.

Sobre el valor de las cuotas, estas serán predeterminadas, pero el beneficiario podrá solicitar un ajuste o derechamente la suspensión de las cuotas en caso de tener problemas en específico. Estos inconvenientes son si la cuota predeterminada excede el 10% de su remuneración mensual, por lo que será rebajada. Por otro lado, si la renta es inferior al sueldo mínimo, se suspenderá el pago de sus cuotas, beneficio que debe renovarse las veces que sea necesario.

Siguiendo con la explicación del proyecto, un beneficiario del SIFS que solicita ajustar sus cuotas o la suspensión del pago, no tendrá extensión de su plazo de pago. Para aquellos que no realicen este ajuste, se realizará una reliquidación para chequear que los beneficiarios estén correctamente otorgados.

Tal como explica la presentación, los beneficiarios que hayan solicitado ajuste o suspensión, las cuotas “predeterminadas serán recalculadas periódicamente para que así salen la deuda en el plazo correspondiente. Sin embargo, los beneficiarios siempre podrán solicitar el ajuste de sus cuotas o la suspensión del pago, sin importar el valor de la cuota recalculada”.

Por su parte, sobre los mecanismos de cobranza en caso de morosidad, se podrá retener la devolución de impuestos, siendo el beneficiario informado para tener diez días de apelación. Esta situación sigue siendo una de las grandes problemáticas que presenta el Crédito con Aval del Estado.

EXTINCIÓN DE LA DEUDA

El proyecto dicta que “una vez que se cumple el plazo de pago de la última cuota, se extinguirá su deuda, sea cual sea el saldo insoluto”. Esto quiere decir que si un beneficiario se acogió constantemente al ajuste de cuotas, se extinguirá su deuda al cumplirse la fecha de pago de su última cuota. Además, recibió rentas menores al sueldo mínimo y se acogió a la suspensión de pago, la deuda también se extinguirá en el plazo de pago de su última cuota.

Así mismo, el único caso en que se extenderá el plazo de pago será para aquellos que dejaron de pagar su deuda sin justificación alguna. El saldo en mora se reprogramará hasta en 60 cuotas adicionales al plazo de pago.

¿QUÉ PASARÍA CON LOS CAE Y FONDO SOLIDARIO?

Finalmente, cabe aclarar que desde el momento en que comience a regir el SIFS, según se detalla en el escrito, no se podrá acceder ni al CAE ni el Fondo Solidario. Incluso, para aquellos que estén estudiando con dichos créditos, podrán renovarlos o solicitar voluntariamente el cambio al nuevo sistema.

Para los estudiantes con CAE que se encuentren al día en sus pagos mensuales, podrán solicitar el traspaso de las futuras cuotas con las condiciones y reglas establecidas por el Sistema de Financiamiento Solidario.

Para finalizar la presentación del proyecto, se aclaró que quienes deseen acceder al cambio voluntario anteriormente explicado, deberán pagar por única vez un cargo de transferencia de hasta 5 UTM (Cerca de 320 mil pesos chilenos), monto fijado por la Administradora del sistema.

“Los deudores que se encuentren en un proceso ejecutivo de cobro en su contra por incumplimiento de su obligación de pago, encontrándose con garantía autorizada a pago, podrán solicitar un convenio de pago con la Tesorería General de la República, sujeto a las condiciones y reglas de pago del Sistema de Financiamiento Solidario. Para ello, deberán pagar por única vez un cargo de transferencia de hasta 5 UTM, el cual será fijado por la Administradora”, se explicó en la idea educativa.

¿Qué les parece este proyecto? ¿Se podrá reactivar? ¿Un sistema sin banca de por medio logrará recuperar la confianza de los estudiantes? ¿Los endeudados le creerán a un proyecto realizado por Sebastián Piñera? Dudas que, de momento, no podemos despejar, ya que el proyecto, según nuestras proyecciones, ya no volverá a ser estudiado.

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