Comparamos los artículos de Educación de la Constitución Actual y la propuesta de la Nueva

La única y gran modificación planteada en la Nueva Constitución es una mayor especificación de los roles del Estado en la gestión de la educación tanto pública como privada.

En el marco del proceso democrático en nuestro país, el próximo domingo 17 de diciembre, donde se llevará a cabo la votación para aprobar o rechazar la segunda propuesta de la Nueva Constitución, surgen diversas incertidumbres en relación con los aspectos educativos en Chile.

A continuación, presentamos de manera comparativa, resumida y bien explicada, los puntos claves referentes a todas las ramas de la educación en la Constitución Actual y la propuesta de la Nueva Constitución, para votar informado en el próximo plebiscito.

Constitución Actual (Artículo 19):

  • Enfoque General: La educación busca el pleno desarrollo de la persona en todas las etapas de la vida.
  • Responsabilidad de los Padres: Reconoce el derecho preferente y el deber de los padres para educar a sus hijos.
  • Obligación del Estado: Obligación de promover la educación parvularia y financiar un sistema gratuito desde niveles iniciales.
  • Libertad de Enseñanza: Reconoce la libertad de enseñanza, pero con limitaciones morales, de buenas costumbres, orden público y seguridad nacional.

Nueva Constitución:

  • Enfoque Integral: La educación busca el pleno desarrollo en el contexto de una sociedad libre y democrática, fortaleciendo el respeto por los derechos fundamentales.
  • Rol de las Familias: Reconoce el derecho preferente de las familias para educar a sus hijos, elegir el tipo de educación y determinar su interés superior.
  • Deber Ineludible del Estado: Establece el deber ineludible del Estado de fortalecer la educación en todos los niveles, con labores de promoción, regulación y supervigilancia.
  • Promoción de Educación Parvularia: El Estado financiará y coordinará un sistema gratuito desde niveles iniciales, con la obligatoriedad del segundo nivel de transición.
  • Obligatoriedad de Educación Básica y Media: Obligatoriedad de financiar y coordinar un sistema gratuito para asegurar el acceso a toda la población, extendiéndose la obligatoriedad hasta los veintiún años en el caso de la educación media.
  • Garantía de Financiamiento: Garantiza el financiamiento por estudiante en establecimientos estatales y privados, sin condicionar la libertad de enseñanza.
  • No Discriminación en Educación Superior: Se establecen mecanismos para evitar la discriminación arbitraria en el acceso y financiamiento de estudiantes a la educación superior.
  • Educación de Personas con Necesidades Especiales: Se garantiza el financiamiento de la educación de personas con necesidades educativas especiales.
  • Red Pluralista de Establecimientos: El Estado deberá sostener y coordinar una red pluralista de establecimientos de educación de calidad en todos los niveles.
  • Educación Pública de Calidad: El Estado proveerá educación pública, pluralista y de calidad en todos los niveles, garantizando el financiamiento de sus establecimientos.

Cuando se comenzó a debatir el área de educación, La Convención Constitucional aprobó el “derecho a la educación” y la “libertad de enseñanza”, permitiendo a entidades privadas establecer instituciones educativas. Es importante confirmar que ambos puntos guardan similitudes con lo establecido en la actual Constitución con la que se votará el próximo fin de semana.

La gran modificación planteada en la Nueva Constitución es una mayor especificación de los roles del Estado en la gestión de la educación tanto pública como privada. Además, se establecen algunas normativas más detallas para aquellos encargados de administrar colegios, ya sean de carácter privado o público.

Como se puede confirmar, no se evidencian cambios significativos en la educación chilena con el nuevo texto constitucional, ya que los puntos son notablemente similares, expresados de una manera más universal para persuadir a la gente de su aprobación.

Con esta comparativa, y una exposición de los puntos de manera importante y concisa, surge la pregunta clave para la ciudadanía: ¿aprobarán o rechazarán el próximo domingo 17 de diciembre?

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